Tras mi anterior artículo sobre los «Phrygiens», varios lectores preguntaron cómo funcionan realmente los servicios, qué significan las famosas «fichas», cómo operan las investigaciones administrativas y quién controla el sistema. Este dossier vuelve a los textos públicos, informes oficiales e instituciones de supervisión.
Este dossier no revela información clasificada, identidades de agentes, fuentes, métodos operativos no públicos ni vulnerabilidades. Se limita al Derecho, los documentos oficiales y los informes públicos de control. Cuando el Derecho protege un detalle, el artículo se detiene en esa frontera.
Política e inteligencia: informar al ciudadano sin revelar el secreto
La inteligencia fascina porque evoca inmediatamente operaciones clandestinas, escuchas, agentes encubiertos e información clasificada. Sin embargo, antes de ser un universo secreto, la inteligencia francesa es una política pública regulada por la ley. El Código de Seguridad Interior establece que los servicios actúan bajo la autoridad del Gobierno, respetando la ley y las orientaciones definidas al más alto nivel del Estado. Su función general es preventiva: comprender una amenaza, anticipar su evolución, informar la decisión política y, cuando el Derecho lo permite, contribuir a obstaculizar una acción hostil antes de que produzca todos sus efectos. Por eso la inteligencia no se confunde ni con la policía judicial, que acredita infracciones con vistas a un procedimiento penal, ni con la justicia, que juzga, ni con la disciplina administrativa, que sanciona incumplimientos profesionales.
Esta distinción es fundamental para comprender todo lo demás. Una información puede ser pertinente para un servicio de inteligencia sin constituir una prueba penal. Una persona puede suscitar una preocupación de seguridad sin ser culpable de un delito. Una administración puede comprobar la compatibilidad de un comportamiento con una función sensible sin abrir un procedimiento disciplinario. A la inversa, que una información haya sido recopilada o que un nombre figure en un tratamiento no significa que la persona sea considerada peligrosa, culpable o permanentemente vigilada. «Fichado», «vigilado», «señalado», «radicalizado», «habilitado» o «investigado» remiten a realidades jurídicas diferentes.
La otra clave es la prevención. La inteligencia no está concebida para esperar sistemáticamente a que se haya consumado un atentado, una operación de espionaje, un sabotaje, una captación tecnológica o una acción criminal organizada. Busca señales, las cruza, las jerarquiza y las sitúa en contexto. Eso no concede carta blanca a los servicios: la actuación debe inscribirse en una finalidad prevista por la ley, ser necesaria y proporcionada, y las técnicas de vigilancia más intrusivas están sometidas a un régimen específico de autorización y control. El Derecho moderno de la inteligencia francesa se ha estructurado en gran medida alrededor de este equilibrio entre anticipación y libertades públicas, especialmente desde la ley del 24 de julio de 2015.
Fuentes de encuadre: Código de Seguridad Interior, libro VIII; DGSI, «Nuestras misiones»; DGSE, «Nuestras misiones».
Los «Phrygiens»: lo que está establecido, lo que se declara y lo que no sabemos
El punto de partida de este dossier es político, pero no debe convertirse nunca en partidista. Varios artículos de prensa informaron en 2026 de la existencia de una red informal de altos funcionarios próximos a La France insoumise, apodada «les Phrygiens», que trabajaría en análisis y en la preparación de una eventual alternancia. En junio, Le Monde evocaba una treintena de miembros según la presentación de LFI; en agosto, otras publicaciones, apoyándose en particular en el testimonio anónimo de un responsable del grupo, hablaron de una cifra cercana a ochenta. Son declaraciones e informaciones periodísticas, no un censo administrativo certificado.
La primera precaución consiste en separar lo que sabemos de lo que suponemos. La existencia pública de una red presentada de ese modo está documentada. En cambio, no existe una lista pública exhaustiva que permita verificar la identidad de todos sus miembros, la administración de origen, el nivel jerárquico o la realidad de cada implantación reivindicada. Tampoco disponemos, sobre esa única base, de elementos públicos que demuestren que los miembros utilicen información confidencial, tiempo de trabajo, medios materiales del Estado o prerrogativas administrativas en beneficio de una organización política.
La segunda precaución es igual de importante: ninguna fuente pública consultada permite afirmar que la DGSI, la DNRT u otro servicio de inteligencia vigile a los Phrygiens como grupo, que estén colectivamente «fichados» o que su existencia sea asimilada a una amenaza contra la seguridad del Estado. La proximidad a un partido legal, la afiliación política o la producción privada de ideas no constituyen por sí mismas una finalidad de inteligencia. Un eventual paso hacia la deontología, la disciplina, una investigación de seguridad o la inteligencia depende de hechos concretos, de la función ejercida y del marco jurídico aplicable.
Precisamente esa ausencia de automatismo hace interesante la cuestión. Una democracia debe proteger simultáneamente la libertad política de los agentes públicos como ciudadanos y la neutralidad del aparato administrativo en el ejercicio de sus misiones. Este dossier no pretende ni absolver abstractamente una red cuyas prácticas internas desconocemos ni atribuirle comportamientos de los que no tenemos prueba; busca determinar qué reglas permitirían calificar los hechos si mañana aparecieran elementos verificables.
| Nivel | Lo que puede escribirse seriamente |
|---|---|
| ESTABLECIDO / PÚBLICO | Desde 2026 se informa públicamente de una red llamada «Phrygiens», presentada como un grupo de altos funcionarios próximos a LFI que preparan una eventual alternancia. |
| DECLARADO / NO VERIFICADO DE FORMA EXHAUSTIVA | Las cifras anunciadas han pasado aproximadamente de 30 a 80 según épocas y fuentes; ninguna lista pública permite verificar a todos los miembros. |
| NO ESTABLECIDO PÚBLICAMENTE | No hay prueba pública, sobre esta sola base, de utilización de información confidencial o de medios administrativos con fines partidistas. |
| NO ESTABLECIDO PÚBLICAMENTE | No hay base pública para afirmar un fichaje o vigilancia colectiva por la DGSI, la DNRT u otro servicio. |
¿Puede un funcionario estar políticamente comprometido? La frontera jurídica
El primer principio suele olvidarse: un funcionario no deja de ser ciudadano al entrar en la Administración. El artículo L. 111-1 del Código General de la Función Pública garantiza la libertad de opinión de los agentes públicos. Un agente puede tener convicciones, votar, afiliarse a un partido o sindicato, participar en la vida pública y, con las reglas particulares de determinadas funciones, ejercer responsabilidades políticas. El estatuto no impone neutralidad interior de la conciencia; organiza la neutralidad de la acción pública.
El segundo principio es el reflejo del primero. Los artículos L. 121-1 y L. 121-2 obligan a ejercer las funciones con dignidad, imparcialidad, integridad y probidad y, en el ejercicio de esas funciones, a respetar la neutralidad. Esa precisión es esencial: prohíbe convertir el servicio público en instrumento de propaganda, favorecer o perjudicar a un usuario por sus opiniones, orientar una decisión administrativa para satisfacer un interés partidista o utilizar la autoridad vinculada al cargo para promover una organización política.
A ello se añade el deber de reserva, que no es una prohibición general de hablar de política, sino una exigencia de mesura cuya intensidad depende del rango, las circunstancias, la publicidad y la forma de las declaraciones. Y existe una frontera mucho más nítida: el secreto profesional y la discreción profesional. Un análisis político redactado en casa a partir de estadísticas públicas, informes del Tribunal de Cuentas y artículos de prensa no es jurídicamente equivalente a transmitir una nota interna de un ministerio, una base nominativa, un arbitraje no publicado, información económica confidencial o un documento clasificado.
También cuenta la prevención de conflictos de intereses. La pertenencia a un partido no constituye automáticamente un conflicto; sería diferente si un agente utilizara su posición para favorecer una organización a la que pertenece, neutralizar un control, acceder a información ajena a sus funciones u orientar discretamente una decisión en beneficio de su campo político.
Preparar fuera del servicio, con medios propios y documentos públicos, escenarios de reforma o notas de política pública puede formar parte de la participación cívica. Utilizar medios administrativos, solicitar a subordinados durante el horario de trabajo, explotar una base reservada, comunicar documentos no públicos o influir en una decisión en nombre de un interés partidista cambiaría radicalmente la calificación. Entre ambos extremos existen zonas grises que deben apreciarse según los hechos.
¿Quién hace qué? Primer círculo, segundo círculo y coordinación
El gran público suele hablar de «los servicios secretos» como si existiera una única organización. En realidad, Francia dispone de una comunidad de inteligencia organizada en varios círculos. El artículo R. 811-1 del Código de Seguridad Interior designa seis servicios especializados, a menudo llamados «primer círculo»: DGSE, DRSD, DRM, DGSI, DNRED y TRACFIN. A su alrededor se encuentran, entre otros, la Coordinación Nacional de Inteligencia y Lucha contra el Terrorismo, el Centro Nacional de Contraterrorismo, la Academia de Inteligencia y la Inspección de los Servicios de Inteligencia.
El «segundo círculo» reúne servicios que no son especializados en el sentido del artículo R. 811-1, pero que pueden contribuir a la política de inteligencia para determinadas finalidades y técnicas. Entre ellos figuran la DNRT, unidades especializadas de policía y gendarmería, la Dirección de Inteligencia de la Prefectura de Policía de París y el Servicio Nacional de Inteligencia Penitenciaria. Su competencia no es general: los textos precisan servicio por servicio las finalidades y técnicas autorizadas.
La coordinación evita que servicios con captores y competencias diferentes trabajen en silos. Una operación de injerencia puede incluir una dimensión diplomática en el extranjero, contactos humanos en territorio nacional, movimientos financieros, captación industrial e intrusión informática. Ningún servicio posee por sí solo todos los sensores.
Los seis servicios especializados: seis profesiones diferentes detrás de una misma palabra
DGSE : Dirección General de Seguridad Exterior
La DGSE es el servicio de inteligencia exterior. Depende del Ministerio de las Fuerzas Armadas, recopila en el extranjero información protegida o difícilmente accesible, la cruza, la analiza y produce inteligencia estratégica para las máximas autoridades. Sus misiones públicas incluyen terrorismo, proliferación, crisis geopolíticas, injerencias extranjeras y ciberamenazas. Cuenta con agentes de terreno, analistas, lingüistas, ingenieros, especialistas ciber, técnicos, juristas y funciones de apoyo.
DGSI : Dirección General de Seguridad Interior
La DGSI depende del Ministerio del Interior y es competente en seguridad interior. Su espectro público comprende prevención del terrorismo y extremismos violentos, contraespionaje, protección del patrimonio económico y científico, ciberamenazas, contraproliferación y actividad de policía judicial especializada. Su misión de contrainjerencia busca detectar operaciones de Estados u organizaciones extranjeras dirigidas contra instituciones, empresas, laboratorios, conocimientos o personas.
DRM : Dirección de Inteligencia Militar
La DRM produce inteligencia de interés militar: capacidades, intenciones y posibilidades de acción de fuerzas armadas extranjeras, grupos armados, empresas militares privadas u organizaciones susceptibles de afectar a los intereses franceses. Informa a las autoridades civiles y militares y apoya directamente a las fuerzas desplegadas.
DRSD : Dirección de Inteligencia y Seguridad de la Defensa
La DRSD es el servicio de contrainjerencia de la esfera de defensa. Su misión es «informar para proteger»: detectar amenazas contra personal militar y civil, información clasificada, materiales, instalaciones, fuerzas desplegadas e industria de defensa, frente a terrorismo, espionaje, sabotaje, subversión, crimen organizado y ciberamenazas.
DNRED : Dirección Nacional de Inteligencia e Investigaciones Aduaneras
La DNRED es el servicio aduanero de inteligencia del primer círculo. Actúa contra gran criminalidad organizada, tráficos, blanqueo, determinadas defraudaciones fiscales y aduaneras, falsificación, bienes culturales, elusión de sanciones y contraproliferación. Su papel muestra hasta qué punto las fronteras entre seguridad nacional, flujos comerciales, crimen organizado y sanciones internacionales son porosas.
TRACFIN : inteligencia financiera
TRACFIN es la unidad francesa de inteligencia financiera. Recibe declaraciones de sospecha de profesionales sujetos a las obligaciones contra el blanqueo y la financiación del terrorismo, así como información de administraciones asociadas y unidades extranjeras. Analiza estos datos en materia de criminalidad económica y financiera, fraude a las finanzas públicas y defensa de los intereses fundamentales de la Nación.
Lo que sabemos sobre costes y efectivos
La inteligencia es costosa, pero es falso afirmar que el ciudadano no puede saber nada de lo que financia. El informe público 2025 de la Delegación Parlamentaria de Inteligencia indica que catorce programas presupuestarios contribuían en 2024 a esta política pública y que los créditos de pago en fondos ordinarios alcanzaban 3.400 millones de euros, un 10,26 % más en un año. Los seis servicios especializados sumaban 16.150 agentes en 2024, frente a 15.816 en 2023 y 14.912 en 2020. Los servicios del «segundo círculo» totalizaban 4.177 agentes.
La transparencia se detiene deliberadamente antes de ciertos detalles. El mismo informe contiene pasajes sustituidos por asteriscos. Los fondos especiales están sujetos a un control particular, pero no se exponen al público como un presupuesto administrativo ordinario. En una democracia, secreto no significa ausencia de control; significa que ciertos controles se confían a parlamentarios, magistrados o autoridades habilitadas.
¿Cómo se transforma una información en inteligencia?
Una información bruta todavía no es inteligencia útil. El trabajo comienza con una pregunta: ¿qué amenaza hay que comprender, qué decisión hay que informar, qué vulnerabilidad hay que comprobar? Las informaciones pueden proceder de fuentes abiertas, señales, socios institucionales, fuentes humanas, dispositivos técnicos autorizados o datos de otras administraciones cuando la ley permite su transmisión. La inteligencia nace del cruce: un dato aislado puede ser falso, incompleto, mal interpretado o manipulado. Los analistas comparan fuentes, buscan incoherencias, evalúan fiabilidad, reconstruyen cronologías y distinguen lo cierto, probable, posible o no confirmado.
Una vez consolidada, la información puede integrarse en un expediente, alimentar una nota, justificar una solicitud de vigilancia adicional dentro del marco legal o ser descartada. El objetivo no es acumular datos sino convertir una masa de información en una apreciación utilizable por quien decide.
Las siete finalidades legales que encuadran las técnicas de inteligencia
El artículo L. 811-3 del Código de Seguridad Interior es esencial para comprender los límites jurídicos. No permite vigilar a alguien simplemente porque un servicio lo encuentre «interesante». Las técnicas del libro VIII deben vincularse a la defensa y promoción de los intereses fundamentales de la Nación previstos por la ley:
- independencia nacional, integridad territorial y defensa nacional;
- intereses principales de la política exterior, compromisos europeos e internacionales y prevención de injerencias extranjeras;
- intereses económicos, industriales y científicos mayores de Francia;
- prevención del terrorismo;
- prevención de atentados contra la forma republicana de las instituciones, reconstitución de grupos disueltos y violencias colectivas susceptibles de afectar gravemente a la paz pública;
- prevención de la criminalidad y delincuencia organizadas;
- prevención de la proliferación de armas de destrucción masiva.
La legalidad depende de la competencia del servicio, la finalidad, la necesidad, la proporcionalidad, la duración y las garantías aplicables. La CNCTR examina las solicitudes y controla su ejecución.
Vigilancia técnica: lo que controla la CNCTR
La ley prevé varias familias de técnicas: acceso a determinados datos de conexión, interceptaciones de seguridad, dispositivos de localización o captación y recogida de datos informáticos bajo condiciones legales. No todos los servicios pueden utilizar todas las técnicas para todas las finalidades. Este dossier no describe su aplicación operativa.
La Comisión Nacional de Control de las Técnicas de Inteligencia (CNCTR), creada por la ley de 2015, controla la legalidad de estas técnicas. Interviene a priori emitiendo un dictamen antes de la decisión del Primer Ministro y a posteriori verificando en los servicios la conformidad de la ejecución. Su informe 2025, publicado en junio de 2026, indica que 25.332 personas fueron objeto de vigilancia mediante técnicas domésticas y que se presentaron 100.813 solicitudes de aplicación, frente a 24.308 personas y 98.883 solicitudes en 2024. Una misma persona puede dar lugar a varias solicitudes, por lo que ambas cifras no son equivalentes.
En 2025, la prevención de la criminalidad organizada afectó a 7.599 personas, el 30 % del total, y la prevención de injerencias extranjeras a 6.290, frente a 5.458 en 2024. La CNCTR realizó 120 controles a posteriori y alertó también sobre sus propias limitaciones de medios.
A RETENER : VIGILANCIA ≠ FICHAJE. Un fichero puede contener información sobre una persona sin que se utilice actualmente contra ella una técnica de vigilancia. A la inversa, una autorización de vigilancia obedece a un régimen específico. La CNCTR controla técnicas; la CNIL interviene especialmente sobre tratamientos de datos y derechos.
Información, nota, fichero, ficha S, investigación administrativa: no confundirlo todo
La palabra «ficha» se ha convertido en un atajo mediático que oculta realidades diferentes. Una información bruta puede ser un señalamiento o un hecho recopilado. Una nota de inteligencia es un documento de análisis. Un tratamiento automatizado es una base organizada conforme a finalidades y reglas. Una ficha S es una categoría particular del FPR. El FSPRT se centra en la radicalización de carácter terrorista. PASP y GIPASP sirven a la prevención de amenazas contra la seguridad pública o del Estado. EASP conserva datos útiles para investigaciones administrativas de seguridad. ACCReD facilita el cruce autorizado de varios tratamientos. Estos mecanismos pueden aparecer en una misma situación sin ser equivalentes.
La «nota blanca» es otra realidad. En el contencioso administrativo pueden presentarse notas de inteligencia sin revelar fuentes ni modalidades de obtención. Los jueces no les conceden un valor automático: examinan precisión, carácter circunstanciado y posibilidad de contradicción compatible con el secreto. Una nota no se convierte en prueba irrefutable por proceder de un servicio.
La ficha S exige también una aclaración: pertenece al FPR, pero «persona buscada» no significa necesariamente «buscada para ser detenida». Según las categorías e instrucciones, el fichero puede servir para informar a los servicios cuando una persona es controlada. La CNIL recuerda que una inscripción no prueba por sí sola peligrosidad ni vigilancia activa. La DGSI explica igualmente que la ficha S no es una escala secreta de radicalización.
Las «notas blancas»: cuando la inteligencia entra en la decisión administrativa
Una nota blanca presenta a una autoridad administrativa o al juez elementos útiles sin revelar, en la versión comunicada, la identidad del servicio o del funcionario de origen y, sobre todo, sin exponer fuentes humanas, medios técnicos o investigaciones cuya divulgación pudiera comprometer una operación o poner a alguien en peligro. La finalidad es permitir que la administración y el juez conozcan lo necesario protegiendo las fuentes, las investigaciones en curso y, cuando procede, el secreto de defensa nacional.
Por ello se las describe a veces como «pruebas secretas», fórmula engañosa. Cuando una nota blanca se utiliza ante el juez administrativo puede incorporarse al debate contradictorio. La persona afectada puede discutir los hechos. El juez no debe considerar verdadero el documento por su origen. La jurisprudencia insiste en precisión, circunstancias, coherencia y posibilidad de confrontarlo con las explicaciones del recurrente. Una nota detallada y corroborada puede pesar mucho; una nota vaga, antigua, general o no sustentada puede ser insuficiente.
Las decisiones del Consejo de Estado ilustran esta lógica. En varios asuntos de 2016 aceptó notas blancas circunstanciadas cuyo contenido no había sido invalidado por el debate. Otras decisiones muestran que una medida puede anularse si la nota es demasiado antigua o imprecisa. En abril de 2026, la CAA de París descartó una prohibición administrativa del territorio cuando el ministro se había limitado esencialmente a una nota que afirmaba una amenaza grave sin hechos suficientemente precisos. Proteger la fuente no elimina la exigencia de demostración.
La nota blanca tampoco debe confundirse con la imagen histórica de una «ficha blanca» supuestamente mostrada a quien pedía su expediente a los antiguos RG. Durante mucho tiempo, en los ficheros de seguridad, el ciudadano podía recibir únicamente la información de que la CNIL había realizado las verificaciones necesarias sin conocer el contenido. Esa opacidad procesal pudo alimentar la impresión de que existía un expediente lleno aunque el interesado no viera nada.
El fichaje de los ciudadanos: la herencia singular de los Renseignements généraux
Para comprender las inquietudes actuales hay que volver a los antiguos RG. Durante buena parte del siglo XX no se ocupaban únicamente de violencia política, orden público o extremismos. Practicaban también inteligencia política, social y territorial para informar al Gobierno y a los prefectos sobre vida política, movimientos sociales, sindicatos, organizaciones, personalidades influyentes y evolución de la opinión. Ello produjo numerosos expedientes nominativos. El informe parlamentario de 2009 recuerda que las actividades de los RG incluyeron durante mucho tiempo la recogida de información sobre partidos políticos e incluso, en ocasiones, la vida privada de personalidades.
El decreto de 14 de octubre de 1991 es revelador. Recordaba que la prohibición de conservar datos sobre opiniones políticas, filosóficas o religiosas y afiliación sindical se aplicaba a los RG, pero preveía excepciones encuadradas. Podían conservar información sobre actividades políticas, filosóficas, religiosas o sindicales cuando se relacionara con personas susceptibles de afectar a la seguridad del Estado o pública, cuando fuera necesaria para determinadas habilitaciones sensibles, o cuando concerniera a personas que ejercieran o solicitaran mandatos políticos, sindicales o económicos o desempeñaran un papel significativo, siempre que fuera necesaria para permitir al Gobierno apreciar y anticipar la situación.
Así se entiende por qué el «fichaje político» no puede reducirse a dos slogans. Históricamente, la ley permitió registrar datos reveladores de actividades políticas para ciertas finalidades. Al mismo tiempo prohibía seleccionar una categoría de personas basándose únicamente en esos datos e imponía restricciones de acceso, revisiones periódicas y control de la CNIL. No era jurídicamente una licencia general para crear un fichero de las opiniones de toda la población, pero sí existía una capacidad importante de documentación nominativa de la vida política.
La distinción entre «opinión» y «actividad» es fundamental. Registrar que una persona dirige una sección local, organiza reuniones, participa en manifestaciones, pertenece a un servicio de orden o desempeña un papel activo describe actividades; en conjunto, esas actividades pueden revelar una orientación política. Por ello el Derecho contemporáneo trata estos datos como especialmente sensibles.
¿Podía una persona pedir consultar su «ficha RG»?
Sí, pero no como un expediente administrativo ordinario. La ley Informática y Libertades de 1978 estableció derechos sobre la información nominativa. Para ficheros relativos a seguridad del Estado, defensa o seguridad pública, el acceso era indirecto: la persona acudía a la CNIL y un miembro habilitado realizaba las verificaciones, podía examinar los datos y solicitar su rectificación o supresión.
En los años ochenta, la respuesta podía limitarse a «se han efectuado las verificaciones necesarias». No revelaba qué se había encontrado ni permitía siempre saber si existía un expediente. La lógica era evitar confirmar a una persona realmente vigilada que había atraído la atención del servicio, pero para el ciudadano creaba una fuerte asimetría.
El decreto de 1991 abrió algunas posibilidades de comunicación cuando los datos no comprometían la seguridad del Estado, la defensa o la seguridad pública. Si los RG no poseían información, la CNIL podía indicarlo. Si la comunicación era peligrosa, el ministro podía oponerse, pero la CNIL seguía verificando y podía hacer corregir o borrar datos inexactos o caducados.
El control no era simbólico: el informe CNIL de 1990 registró 401 intervenciones de acceso indirecto para el Ministerio del Interior, con 160 situaciones sin ficha, 145 fichas sin necesidad de supresión, 19 supresiones parciales y siete totales. Aproximadamente el 15 % de las personas para las que existía ficha o expediente obtuvieron una supresión parcial o total. El sistema podía corregir expedientes, y la existencia misma de supresiones prueba que podían contener información discutible, obsoleta o injustificada.
¿Por qué esta opacidad puede plantear un problema democrático?
El secreto de la inteligencia no es antidemocrático por naturaleza. Revelar sistemáticamente fuentes, fechas, aproximaciones o cruces haría imposible parte del trabajo. El problema aparece cuando la documentación nominativa afecta a elementos políticamente sensibles y la persona tiene pocos medios para saber qué se registra. Le resulta difícil demostrar que un dato es falso, descontextualizado, atribuido a otra persona u obsoleto. La CNIL y el juez actúan precisamente como terceros de confianza capaces de ver lo que el ciudadano no puede ver directamente.
Existe además un riesgo de efecto disuasorio. Afiliarse a un partido legal, asistir a una reunión, manifestarse pacíficamente, firmar una petición o defender una convicción no debe convertirse por sí solo en indicio de peligrosidad. Si cada actividad política se percibiera como una huella nominativa duradera susceptible de afectar a una habilitación o contratación, algunos ciudadanos podrían renunciar a libertades legales. Documentar una amenaza contra el orden público no es cartografiar las opiniones de la población por comodidad del poder.
¿Estaban «todos fichados» los militantes del Front national?
Las fuentes permiten afirmar un seguimiento importante, pero no que todos los militantes fueran automáticamente fichados. No existe prueba pública de una instrucción general según la cual poseer el carné del FN generara por sí solo una ficha individual. El decreto de 1991 prohibía seleccionar una categoría únicamente por información relativa a sus actividades políticas.
Sí están documentados varios hechos. El seguimiento de la actividad y del funcionamiento interno de los partidos fue durante mucho tiempo una misión tradicional de los RG. Esa misión terminó oficialmente por una circular del 3 de enero de 1995. A partir de entonces, el Front national como partido no debía ser objeto de seguimiento de su funcionamiento interno, pero continuaba la vigilancia de individuos o grupos susceptibles de recurrir a la violencia, alterar gravemente el orden público o pertenecer a extremismos violentos.
En 1999 Jean-Pierre Pochon explicó ante una comisión parlamentaria que los RG seguían a grupos neonazis, ultranacionalistas, skinheads, ciertas empresas de seguridad influenciadas por militantes de extrema derecha y redes de mercenarios, y que algunos perfiles aparecían en el Departamento Protección Seguridad (DPS) del FN. El informe parlamentario mencionó también una estimación de unos mil elementos más o menos estables del DPS a finales de 1998. Esto acredita seguimiento real y documentado, no fichaje automático de todos los afiliados.
De los RG a PASP y GIPASP: el debate cambió de marco
Los RG desaparecieron como dirección central en 2008. Parte de sus misiones de seguridad se integró en la DCRI junto con la DST; la DCRI se convirtió en DGSI en 2014. La inteligencia territorial siguió otra trayectoria y, desde 2023, la DNRT busca, centraliza y analiza información para el Gobierno y representantes del Estado en ámbitos institucionales, económicos, sociales y de orden público.
PASP y GIPASP ilustran una continuidad transformada. Pueden contener datos vinculados a actividades políticas, filosóficas, religiosas o sindicales cuando se inscriben en finalidades de prevención de amenazas contra la seguridad pública o del Estado. En 2020 un cambio reglamentario intentó sustituir «actividades» por «opiniones»; el Consejo de Estado anuló esa modificación en 2021 porque la CNIL no había sido consultada sobre el cambio sustancial y ordenó suprimir los datos que revelaran simples opiniones no derivadas de actividades correspondientes, salvo nuevo texto adoptado correctamente.
La pregunta adecuada no es si un sistema se llama oficialmente «fichero político», sino qué datos políticos pueden registrarse, para qué finalidad, con qué criterios, durante cuánto tiempo, con qué posibilidades de cruce y bajo qué control. A la inversa, también sería falso describir PASP, GIPASP o DNRT como instrumentos destinados a registrar a todos los opositores del Gobierno.
T4, T5 y denominaciones internas: prudencia
Denominaciones como «T4» y «T5» aparecen en libros periodísticos, testimonios y organigramas antiguos. Presentarlas como unidades oficiales y estables de la DGSI actual sería un error metodológico. La DGSI no publica un organigrama operativo exhaustivo y la organización evoluciona con amenazas y reformas. Es legítimo describir una denominación, una finalidad o una autoridad de control cuando es pública; cuando la organización interna o el decreto de detalle no se publica, hay que decir «no lo sabemos públicamente» en vez de inventar.
Hitos cronológicos: de los RG al sistema actual
| Año | Hito |
|---|---|
| 1991 | Decreto sobre varios ficheros RG y acceso indirecto mediante la CNIL. |
| 1995 | Fin oficial del seguimiento del funcionamiento interno de partidos por los RG. |
| 2008 | Desaparición de la Dirección central de RG y reorganización. |
| 2014 | Creación de la DGSI. |
| 2015 | Ley de inteligencia, creación de CNCTR y FSPRT. |
| 2020 | Reforma PASP, GIPASP y EASP. |
| 2021 | Intervención del Consejo de Estado sobre la noción de «opiniones». |
| 2023 | Creación de la DNRT. |
| 2026 | Evolución del segundo círculo y creación de ACCReD MINDEF; 25 tratamientos en R. 841-2. |
La galaxia de 25 ficheros o partes de ficheros relativos a la seguridad del Estado
Para no convertir una deducción pedagógica en una falsa revelación, cada descripción debe leerse según tres niveles documentales. ESTABLECIDO significa que un texto público, una autoridad o un decreto describe expresamente la existencia o la finalidad. CONTEXTO PÚBLICO significa que se conoce el servicio responsable y su misión general, pero no se publican los detalles del tratamiento. NO PÚBLICO significa que las categorías exactas de datos, los criterios de inclusión, las habilitaciones, los plazos de conservación o las modalidades operativas no son accesibles al público. En materia de ficheros de soberanía, no saber no autoriza a inventar.
El artículo R. 841-2 del Código de Seguridad Interior es un punto de partida especialmente útil. En su versión vigente en agosto de 2026 enumera veinticinco tratamientos, o partes de tratamientos automatizados de datos personales, sometidos al régimen contencioso especial aplicable a los ficheros que afectan a la seguridad del Estado. La lista impresiona, pero no significa «veinticinco ficheros secretos utilizados todos para vigilar a la población». Algunos son ficheros de soberanía cuyos decretos detallados no se publican; otros son sistemas administrativos mucho más amplios de los que sólo una parte vinculada a la seguridad del Estado queda sometida a ese régimen.
Lista de referencia: Código de Seguridad Interior francés, artículo R. 841-2, versión vigente desde el 26 de febrero de 2026.
Los tratamientos, uno por uno: qué se puede afirmar públicamente
1. CRISTINA: DGSI. CRISTINA es el nombre oficial de un tratamiento automatizado utilizado en beneficio de la DGSI y relacionado con la seguridad del Estado. Es uno de los ficheros que más fantasías genera precisamente porque el decreto que fija sus detalles no se publica. El público puede saber que existe, que depende de la DGSI y que está sometido al control jurisdiccional especializado, pero no dispone de una descripción exhaustiva de las categorías de datos, de los criterios de alimentación, de los plazos de conservación ni de todas las habilitaciones de acceso. Por tanto, sería abusivo afirmar que sólo se abre ante una «amenaza caracterizada» o, por el contrario, que registra automáticamente a toda persona con una opinión radical. La formulación rigurosa es más sobria: es una herramienta de inteligencia interior vinculada a la seguridad del Estado cuyos detalles están legalmente protegidos.
2. SECU: DGSE. SECU es un tratamiento de seguridad de la Dirección General de Seguridad Exterior. El artículo R. 841-2 lo cita entre los ficheros que afectan a la seguridad del Estado y los textos públicos confirman que su acto detallado de autorización está dispensado de publicación. Su existencia no debe confundirse con una base dirigida al público exterior. El nombre y su vinculación con la DGSE sitúan el tratamiento en el universo de protección y soberanía del propio servicio. Este ejemplo recuerda que los servicios necesitan también bases para proteger personal, instalaciones, accesos, procedimientos e información sensible, además de los ficheros directamente vinculados a la búsqueda de inteligencia.
3. SIRCID: DRSD. SIRCID es un tratamiento utilizado por la Dirección de Inteligencia y Seguridad de la Defensa. Su decreto detallado no es público. El contexto institucional, sin embargo, es conocido: la DRSD se ocupa de la contra-injerencia en la esfera de Defensa y de la protección de personal, materiales, instalaciones, información sensible e industrias vinculadas a la defensa. SIRCID forma parte de las herramientas necesarias para esas misiones. Describir campos de datos, categorías de personas o reglas de consulta más allá de lo publicado sería especular.
4. DOREMI: DRM. DOREMI es un tratamiento de la Dirección de Inteligencia Militar sometido al régimen de los ficheros relacionados con la seguridad del Estado. Se integra en la actividad de producción y explotación de inteligencia de interés militar destinada a evaluar capacidades y posibilidades de actuación de fuerzas armadas o grupos armados que puedan afectar a los intereses franceses. Como ocurre con otros ficheros de soberanía, el detalle reglamentario no es público. Puede conocerse su existencia y su responsable, pero no debe reconstruirse su esquema de datos ni los métodos que lo alimentan.
5. FSPRT: señales para la prevención de la radicalización de carácter terrorista. El FSPRT está mucho mejor documentado. Creado en 2015, centraliza información objetiva sobre personas señaladas en un contexto de radicalización que puede estar relacionada con una amenaza terrorista. Sirve para compartir y seguir situaciones entre servicios y estructuras competentes, especialmente en los grupos de evaluación departamentales. Una inscripción no es una condena penal ni prueba una vigilancia permanente. Las situaciones se reevalúan y pueden dar lugar a niveles de seguimiento diferentes. Tampoco debe confundirse el FSPRT con la práctica religiosa, el islam político o una ficha S.
6. FPR: la parte vinculada a la seguridad del Estado y las conocidas fichas S. El Fichero de Personas Buscadas es un gran instrumento operativo policial con múltiples categorías de señalamiento. Sólo determinados datos vinculados a la seguridad del Estado quedan sometidos al régimen especial. La categoría S es la más conocida. Estar fichado S no significa automáticamente ser terrorista, condenado, estar intervenido o ser buscado para ser detenido. Según la categoría y las instrucciones, el señalamiento puede servir para informar a un servicio cuando la persona es controlada. La ficha S tampoco contiene por sí sola todo un expediente de inteligencia ni constituye una escala universal de peligrosidad.
7. SIS / N-SIS: la parte de seguridad del Sistema de Información Schengen. El SIS es una infraestructura europea de alertas utilizada por los Estados participantes. No es un fichero secreto francés. Contiene, entre otras cosas, alertas relativas a personas buscadas o desaparecidas, decisiones de no admisión, procedimientos y determinados objetos. El componente nacional se integra en ese sistema común. El artículo R. 841-2 sólo somete al contencioso especializado determinados datos de seguridad del Estado. La presencia del SIS en la lista no convierte todas las alertas Schengen en inteligencia secreta francesa.
8. STARTRAC: TRACFIN, únicamente en su parte de seguridad del Estado. STARTRAC es un tratamiento de TRACFIN del que sólo la parte que afecta a la seguridad del Estado queda sometida al régimen especial. TRACFIN recibe y explota información financiera en la lucha contra el blanqueo y la financiación del terrorismo, pero también para proteger intereses fundamentales de la Nación y detectar determinadas injerencias criminales. Su decreto detallado no se publica. El ejemplo ilustra una idea importante: el dinero también es un sensor. Flujos atípicos, sociedades pantalla, circuitos de financiación y relaciones económicas pueden revelar vínculos que una observación exclusivamente física o política no mostraría.
9. BCR-DNRED: inteligencia aduanera. Este tratamiento pertenece a la Dirección Nacional de Inteligencia e Investigaciones Aduaneras. Su acto detallado tampoco es público. La misión general de la DNRED, en cambio, sí lo es: lucha contra el fraude aduanero grave, los tráficos, el blanqueo, la elusión de sanciones, la proliferación y ciertas formas de delincuencia económica y financiera. El tratamiento permite estructurar información útil para analizar redes y flujos, sin que ello autorice a deducir categorías exactas de datos, plazos de conservación o habilitaciones no publicados.
10. GESTEREXT: inteligencia de la Prefectura de Policía de París. GESTEREXT aparece en el artículo R. 841-2 y se utiliza en el universo del renseignement de la Prefectura de Policía. Puede aparecer en mecanismos de comprobación o recurso vinculados a ficheros de seguridad del Estado. Como su decreto detallado no es público, una descripción técnica sería imprudente. Lo establecido es su existencia jurídica, su inserción en la inteligencia territorial parisina y su sometimiento al régimen particular de control.
11. BIOPEX: DRM. BIOPEX es un segundo tratamiento de la Dirección de Inteligencia Militar citado por el artículo R. 841-2. Las fuentes públicas permiten establecer su existencia y su vinculación con la DRM, mientras que el acto regulador detallado está dispensado de publicación. La lección útil es que la inteligencia militar no depende de una sola gran base: pueden coexistir tratamientos especializados en función de la naturaleza de los datos y de las misiones, sin que el público deba intentar reconstruir lo que el Estado decidió legítimamente no publicar.
12. LEGATO: Comando de la Legión Extranjera. LEGATO está implementado por el Comando de la Legión Extranjera y figura entre los tratamientos que afectan a la seguridad del Estado. El caso recuerda que el ecosistema no se limita a los seis grandes servicios especializados. La Legión tiene problemáticas particulares de reclutamiento, identidad, seguridad y protección de la institución. Como el decreto detallado no está publicado, es correcto limitarse a la existencia jurídica y al responsable del tratamiento sin extrapolar campos de datos o criterios de decisión.
13. ACCReD: automatización de la consulta centralizada de información y datos. ACCReD ayuda a realizar determinadas investigaciones administrativas de seguridad. Permite a agentes habilitados consultar, según la base jurídica de la investigación, varios ficheros policiales o de inteligencia. Puede registrar la identidad de la persona, el motivo de la investigación, la posible presencia en ciertos tratamientos, comprobaciones complementarias y el sentido del dictamen o de la decisión. Los datos sobre opiniones políticas, filosóficas o religiosas sólo pueden tratarse cuando sean indispensables para la investigación y no puede seleccionarse una categoría de personas únicamente por ese motivo. Un «hit» informático no debe convertirse automáticamente en una decisión desfavorable: debe verificarse, contextualizarse y valorarse con respecto a la función o al acceso sensible de que se trate.
14. EASP: investigaciones administrativas vinculadas a la seguridad pública. EASP es un tratamiento público utilizado por la policía nacional y la Prefectura de Policía para facilitar determinadas investigaciones administrativas. Puede conservar datos procedentes de investigaciones anteriores sobre una misma persona, incluidos datos que afecten a la seguridad del Estado. No es un segundo registro de antecedentes penales ni una lista general de opiniones. Es una herramienta de evaluación utilizada cuando la Administración debe apreciar si un comportamiento resulta compatible con una función, una misión, un acceso o una autorización sensibles.
15. PASP: prevención de atentados contra la seguridad pública. PASP permite a la policía nacional recoger, conservar y analizar información sobre personas, personas jurídicas o grupos cuya actividad individual o colectiva indique que pueden afectar a la seguridad pública o a la seguridad del Estado. El marco menciona, entre otros supuestos, terrorismo, ataques contra la integridad territorial o las instituciones y determinadas violencias colectivas. Su finalidad preventiva significa que una situación puede interesar antes de una condena, pero no que toda protesta política o toda manifestación genere una inscripción. La finalidad de seguridad y las condiciones legales siguen siendo determinantes.
16. GIPASP: gestión de la información y prevención de atentados contra la seguridad pública. GIPASP es el equivalente de esta lógica en la Gendarmería Nacional. Recoge, conserva y analiza información sobre personas, entidades o agrupaciones cuya actividad puede perjudicar a la seguridad pública o a la seguridad del Estado. La coexistencia de PASP y GIPASP refleja la organización territorial francesa: policía y gendarmería disponen de cadenas y herramientas propias, con reglas destinadas a compartir lo necesario manteniendo trazabilidad y responsabilidades identificables.
17. TREX: inteligencia exterior de la DGSE. TREX es un tratamiento de la DGSE dedicado a la inteligencia exterior. Su acto detallado de autorización no se publica, pero su existencia está expresamente reconocida por el Código de Seguridad Interior y por la CNIL en el procedimiento de ejercicio indirecto de determinados derechos. El público puede conocer el nombre, el servicio responsable y el mecanismo de control sin obtener una cartografía de datos, fuentes o métodos que podría ser explotada por un adversario.
18. HOPSYWEB: no estigmatizar la psiquiatría. HOPSYWEB se refiere en primer lugar al seguimiento administrativo de personas sometidas a cuidados psiquiátricos sin consentimiento. No es, en sí mismo, un fichero de terroristas. El derecho prevé, para una finalidad de seguridad estrictamente regulada, un cruce de identidades con el FSPRT. Cuando aparece una coincidencia informática debe realizarse una «levée de doute», es decir, una verificación de identidad, antes de comunicar información adicional. Una coincidencia no verificada no puede convertirse por sí sola en una nueva inscripción. Padecer un trastorno psiquiátrico o haber sido hospitalizado sin consentimiento no significa estar radicalizado ni ser peligroso.
19. RINC: recopilación de información digital para la ciberdefensa. RINC es un tratamiento del Estado Mayor de las Fuerzas Armadas vinculado a la ciberdefensa. Su decreto detallado no se publica, pero su nombre sitúa claramente el tratamiento en el ámbito de la defensa digital militar. En un entorno donde las intrusiones pueden formar parte del espionaje, sabotaje, preparación de conflicto u operaciones híbridas, las Fuerzas Armadas necesitan tratar información técnica para comprender las amenazas y proteger los sistemas. Precisamente por ello, fuentes, indicadores, infraestructuras y métodos operativos no deben reconstruirse desde un artículo público.
20. NATALI: nacionalidad y naturalización, sólo en su parte de seguridad del Estado. NATALI muestra por qué la lista de veinticinco no es una lista uniforme de «bases secretas». El tratamiento, creado en 2023, gestiona y desmaterializa procedimientos relativos a adquisición, reintegración, pérdida o privación de la nacionalidad francesa y ciertos recursos. Es, por tanto, un sistema administrativo general. Únicamente algunos datos utilizados en esos procedimientos pueden adquirir una dimensión de seguridad y quedar entonces sometidos al régimen especializado.
21. Fichero de inteligencia penitenciaria. Este fichero se utiliza dentro del renseignement de la administración penitenciaria. El Servicio Nacional de Inteligencia Penitenciaria pertenece al llamado segundo círculo y trabaja, entre otros temas, sobre amenazas terroristas, radicalización, violencias, delincuencia organizada y riesgos que aparecen o continúan en prisión. La existencia del fichero es pública, pero sus categorías detalladas de datos, plazos de conservación y reglas de acceso están protegidos. Una vez más, existencia pública no significa manual de uso público.
22. Tratamiento de optimización de datos e información de interés nuclear. Autorizado mediante decreto público en 2024, se relaciona con la seguridad de establecimientos, instalaciones y actividades nucleares. Permite recoger y analizar información sobre acontecimientos que revelen riesgos de seguridad nuclear, gestionar determinados procedimientos de autorización de acceso y seguir habilitaciones relacionadas con el secreto de defensa. El decreto publica diversas categorías de datos, incluida identidad, datos de contacto, situación profesional y determinados factores de riesgo. Sólo la parte que afecta a la seguridad del Estado queda sometida al régimen especializado. La profundidad del cribado se explica por la sensibilidad excepcional del sector nuclear.
23. FiMPA: medidas de policía administrativa e intereses fundamentales de la Nación. FiMPA es el «Fichero de medidas de policía administrativa que contribuyen a la prevención de atentados contra los intereses fundamentales de la Nación». Su denominación oficial es pública, pero el decreto detallado no lo es. El título permite comprender la lógica general del tratamiento, no deducir una lista exacta de medidas, datos o reglas internas. La frontera entre lo que el nombre revela y lo que el decreto protege debe respetarse.
24. PERS-CM: gestión del personal de la DGSE. Su presencia en la lista es pedagógicamente importante porque demuestra que no todos los ficheros de seguridad se refieren a «sospechosos». Un servicio secreto también debe reclutar, gestionar, habilitar, asignar y proteger a sus agentes. El personal que maneja información clasificada y participa en misiones sensibles constituye en sí mismo un asunto de seguridad. El detalle de las comprobaciones no es público, pero la existencia de PERS-CM recuerda que la seguridad de un servicio empieza por la protección de sus recursos humanos.
25. ACCReD MINDEF: cribado de seguridad del Ministerio de las Fuerzas Armadas. Nivel documental: ESTABLECIDO. El decreto n.º 2026-124 de 24 de febrero de 2026 crea el tratamiento y el decreto n.º 2026-125 del mismo día lo incorpora al artículo R. 841-2. Implementado por la DRSD, facilita determinadas investigaciones administrativas de seguridad en la esfera de Defensa y explota la información obtenida en ese marco. El decreto permite, cuando es indispensable, tratar determinados datos sensibles, incluidas opiniones políticas, filosóficas o religiosas, pero prohíbe seleccionar una categoría de personas únicamente sobre esa base y exige habilitaciones individuales y reglas de conservación. El ejemplo muestra cómo el cribado se ha especializado dentro del ámbito de Defensa.
La lectura conjunta de estos veinticinco nombres lleva a una conclusión distinta de los dos relatos extremos. No existe una única «gran ficha secreta» que resuma la relación del Estado con una persona, pero tampoco existe un universo de datos completamente compartimentado. Los tratamientos responden a finalidades, responsables y reglas distintas; algunos pueden ser consultados o relacionados en determinados procedimientos legalmente previstos. Por eso, el control democrático debe interesarse tanto por la existencia de cada base como por las reglas de acceso, consulta cruzada, conservación, rectificación y recurso.
Investigaciones administrativas, habilitaciones y consecuencias profesionales
El asunto se vuelve concreto para quien trabaja para el Estado, una empresa sensible o infraestructura crítica, o solicita una habilitación. La ley permite investigaciones antes de ciertas decisiones de contratación, asignación, autorización o habilitación y también después si un comportamiento parece incompatible con la función. No se trata de castigar un delito sino de evaluar un riesgo.
Una persona con acceso a información clasificada que mantuviera contactos repetidos, inexplicados y ocultos con un posible intermediario de un servicio extranjero podría ser objeto de comprobaciones aunque no se hubiera demostrado un delito. Una valoración desfavorable puede conducir a denegar o retirar el acceso. No es necesariamente una sanción disciplinaria: protege un secreto, un lugar o una misión.
Opiniones políticas, militancia y «entrismo»: ¿dónde está la frontera?
Una democracia no puede convertir crítica al Gobierno, voto, militancia legal, sindicalismo, religión o filosofía personal en criterios autónomos de sospecha. Textos relativos a ACCReD, PASP, GIPASP o ACCReD MINDEF permiten tratar ciertos datos sensibles cuando son estrictamente necesarios para la finalidad, pero prohíben seleccionar categorías únicamente por esos datos.
La dificultad aparece cuando la opinión forma parte de un conjunto de hechos vinculados a violencia grave, reconstitución de grupos disueltos, injerencia extranjera, terrorismo, sabotaje, espionaje o crimen organizado. La inteligencia puede interesarse entonces no por ser «de izquierda» o «de derecha», religioso, ecologista, nacionalista o revolucionario, sino por comportamientos objetivos que pueden corresponder a una amenaza legalmente definida.
El informe CNCTR 2025 menciona solicitudes donde se invocaba una estrategia de «entrismo». La cuestión del controlador no es si la palabra inquieta políticamente, sino si los hechos corresponden realmente a una finalidad legal y si la medida es necesaria y proporcionada. Influencia democrática, militancia legal o búsqueda de alternancia no pueden asimilarse por comodidad a un ataque contra las instituciones.
¿Puede una persona estar registrada sin haber cometido una infracción?
Sí, en ciertos tratamientos y bajo condiciones. Es consecuencia del carácter preventivo de la inteligencia. PASP y GIPASP pueden interesarse por actividades que indiquen un riesgo antes de una condena; una investigación administrativa puede examinar compatibilidad con una función sensible sin delito previo. Pero tampoco es cierto que «el Estado puede registrar a cualquiera por cualquier motivo». Cada tratamiento posee finalidad, categorías, accesos, conservación y controles. Y «ser mencionado» no significa necesariamente «ser objetivo»: un nombre puede aparecer como contacto, testigo, responsable, víctima potencial o elemento de contexto.
¿Cómo saber si se figura en un fichero de inteligencia?
Para varios ficheros policiales se pueden ejercer derechos ante el ministerio responsable y la CNIL. Para tratamientos de inteligencia como CRISTINA, FSPRT, TREX, SIRCID, DOREMI o GESTEREXT existe una vía específica mediante la CNIL. Confirmar sistemáticamente a alguien que está o no conocido por un servicio podría revelar una vigilancia, una fuente o un interés operativo.
El contencioso puede llegar a la formación especializada del Consejo de Estado, cuyos miembros están habilitados para consultar piezas clasificadas que el recurrente no ve. Si no se constata ilegalidad, la decisión no revela necesariamente si la persona figura en el fichero. Si se descubre una ilegalidad, el juez puede ordenar rectificación, supresión o destrucción de datos o, según el caso, indemnización.
¿Quién controla los servicios?
El control está fragmentado. La CNCTR controla técnicas de inteligencia. La CNIL interviene sobre protección de datos y ciertos derechos. La formación especializada del Consejo de Estado controla jurídicamente técnicas y tratamientos de seguridad del Estado. La Delegación Parlamentaria de Inteligencia controla la acción gubernamental y evalúa la política. La Comisión de Verificación de Fondos Especiales examina créditos secretos. La Inspección de Servicios de Inteligencia realiza auditorías, y el Tribunal de Cuentas puede controlar aspectos de gestión.
Parte del control es público y otra parte es secreta pero institucionalizada. El secreto no debe ser una zona sin Derecho; desplaza la supervisión hacia instituciones habilitadas para ver lo que el público no puede ver. Eso no significa que el sistema sea perfecto: la CNCTR ha advertido de limitaciones de medios y cuestiones jurídicas todavía abiertas.
Lo que protege el secreto: y lo que no debe impedir
Publicarlo todo revelaría fuentes, criterios técnicos, vulnerabilidades, accesos, umbrales operativos o identidades y perjudicaría la eficacia. El secreto protege personas, fuentes, cooperaciones extranjeras, métodos y operaciones en curso. Pero no puede ocultar la existencia misma de una política pública. El ciudadano puede conocer misiones, finalidades legales, principales servicios, parte de presupuestos y efectivos, autoridades de control, existencia de numerosos tratamientos y vías de recurso.
El riesgo existe en ambos sentidos. Demasiada transparencia puede exponer capacidades; demasiado secreto puede alimentar fantasías, impedir debate presupuestario y dificultar la detección de abusos. El compromiso democrático combina publicidad del marco y de los controles con protección de detalles operativos y acceso de autoridades habilitadas a lo que el público no ve.
Glosario rápido: quince nociones que no deben confundirse
| Término | Definición |
|---|---|
| Ficha S | Categoría del FPR vinculada a seguridad del Estado; no significa condena ni orden de detención. |
| FPR | Fichero de personas buscadas o señaladas, con categorías diversas. |
| FSPRT | Señalamientos para prevenir radicalización terrorista; inscripción no equivale a condena. |
| CRISTINA | Tratamiento de soberanía DGSI cuyo detalle no es público. |
| PASP | Tratamiento policial para prevención de amenazas a seguridad pública. |
| GIPASP | Tratamiento de gendarmería de lógica próxima. |
| EASP | Tratamiento de investigaciones administrativas de seguridad. |
| ACCReD | Herramienta de consulta autorizada de varios tratamientos en ciertas investigaciones. |
| Nota blanca | Restitución de inteligencia que protege el origen; puede discutirse ante el juez. |
| Investigación administrativa | Verificación para valorar compatibilidad con función, acceso o habilitación sensible. |
| Habilitación | Decisión de acceso a información clasificada; retirada no siempre es sanción disciplinaria. |
| CNIL | Autoridad de protección de datos. |
| CNCTR | Autoridad independiente de control de técnicas de inteligencia. |
| DPR | Delegación Parlamentaria de Inteligencia. |
| Formación especializada del Consejo de Estado | Juez habilitado para contenciosos cubiertos por secreto de defensa. |
¿Y en el extranjero? Seis arquitecturas para una misma pregunta
Comparar sistemas extranjeros permite distinguir lo que responde a necesidades casi universales del oficio de inteligencia de lo que depende de una elección política e institucional. Todos los Estados intentan conocer las intenciones de adversarios, detectar espionaje, prevenir terrorismo, proteger secretos, seguir determinadas amenazas internas y explotar datos técnicos. Sin embargo, la separación entre inteligencia interior y exterior, el papel de la policía, la protección de la actividad política, la autorización de las interceptaciones, el acceso del ciudadano a los ficheros y la fuerza del control parlamentario o judicial varían de forma considerable.
La comparación que sigue permanece deliberadamente en el nivel público. No describe procedimientos clandestinos, fuentes, vulnerabilidades ni detalles operativos. Se apoya en leyes, páginas oficiales de los servicios, instituciones de control y episodios históricos cuya importancia ha sido reconocida por los propios Estados. El objetivo no es establecer una clasificación simplista entre servicios «buenos» y «malos», sino mostrar cómo cada régimen organiza la relación entre eficacia, secreto, política y libertades.
Estados Unidos: una comunidad inmensa y una inteligencia interior marcada por su historia
Estados Unidos no dispone de un único servicio comparable a la DGSI o a la DGSE francesas. Su Intelligence Community agrupa dieciocho elementos, entre ellos la Office of the Director of National Intelligence, la CIA, la NSA, la DIA, el FBI, la National Geospatial-Intelligence Agency, el National Reconnaissance Office, componentes de varios ministerios y los servicios de inteligencia de las Fuerzas Armadas. Esta dimensión refleja tanto el papel mundial del país como una especialización muy avanzada: inteligencia humana exterior, señales y criptología, imágenes, inteligencia militar, contraespionaje interior, información económica, energética y tecnológica.
La CIA está orientada esencialmente hacia el exterior. El FBI, por el contrario, combina competencias de policía federal con un papel central en contraespionaje y seguridad nacional dentro del territorio estadounidense. Esta acumulación constituye una diferencia importante con Francia: la frontera institucional entre inteligencia preventiva e investigación penal es menos nítida cuando una misma organización posee poderes judiciales y de seguridad nacional. El FBI se presenta actualmente como la agencia federal líder del contraespionaje interior y coordina numerosos socios federales, locales y sectoriales.
La historia estadounidense explica una sensibilidad particular frente a la vigilancia política. Entre 1956 y 1971, COINTELPRO, programa del FBI, se dirigió primero contra el Partido Comunista y luego contra distintos grupos, entre ellos el Socialist Workers Party, el Ku Klux Klan, los Black Panthers y movimientos de la New Left. El propio FBI reconoce hoy que el programa fue criticado de manera severa y legítima por vulneraciones de derechos protegidos por la Primera Enmienda. Esa memoria alimentó los controles contemporáneos de las investigaciones llamadas «sensibles» y el debate sobre la observación de actividades políticas o religiosas.
El marco moderno no significa que una actividad protegida por la Primera Enmienda vuelva imposible cualquier investigación. Exige, sin embargo, una finalidad legítima de seguridad nacional o aplicación de la ley y prohíbe que la actuación se funde únicamente en el ejercicio legal de derechos constitucionales. Las guías operativas del FBI subrayan la atención especial necesaria cuando una investigación puede afectar a expresión, asociación, religión o prensa. Es el equivalente estadounidense de una dificultad también presente en Francia con el «entrismo»: investigar un riesgo real sin convertir una actividad política legal en un motivo autónomo de sospecha.
Para determinadas técnicas de inteligencia extranjera realizadas en Estados Unidos o dirigidas contra personas protegidas por el derecho estadounidense, la Foreign Intelligence Surveillance Court, creada por la FISA de 1978, desempeña una función central. Esta jurisdicción especializada, compuesta por once jueces federales, examina solicitudes de vigilancia electrónica, registros y otras medidas vinculadas a inteligencia extranjera. En el programa Section 702 no autoriza individualmente a cada objetivo extranjero; controla certificaciones y procedimientos de selección, minimización e interrogación con respecto a la ley y a la Cuarta Enmienda.
El control político también es institucionalmente importante. El Senate Select Committee on Intelligence, creado en 1976 después de las grandes revelaciones sobre abusos de los servicios, ejerce una supervisión continua de la Intelligence Community, sus programas y operaciones. La Cámara de Representantes posee su propio comité especializado. La arquitectura nace de una idea sencilla: si el público no puede conocer una operación secreta, una democracia necesita que un número limitado de instituciones pueda acceder a ella y exigir cuentas.
El modelo estadounidense sigue atravesado por una tensión permanente entre seguridad nacional y recogida masiva de datos. Las revelaciones de Snowden sobre la NSA, los debates sobre Section 702, las National Security Letters y las consultas de datos recogidos incidentalmente muestran que el equilibrio nunca queda cerrado. Estados Unidos combina herramientas técnicas de extraordinaria potencia con una cultura de litigios, informes parlamentarios, desclasificación y apertura de archivos que permite, a veces décadas después, documentar con gran precisión abusos del pasado.
Fuentes principales: ODNI; Senate Select Committee on Intelligence; Foreign Intelligence Surveillance Court; FBI, Counterintelligence y archivos COINTELPRO; Department of Justice, Attorney General’s Guidelines for Domestic FBI Operations.
Alemania: la «democracia militante» y un servicio interior concebido como alerta temprana
Alemania ofrece uno de los modelos europeos más interesantes cuando se estudia la relación entre política e inteligencia. El trauma de Weimar y de la toma del poder nazi llevó a la República Federal a desarrollar la idea de una «democracia militante», o una democracia capaz de defenderse. El Bundesamt für Verfassungsschutz, BfV, y los organismos correspondientes de los Länder tienen precisamente la misión de identificar iniciativas dirigidas contra el orden constitucional democrático libre, contra la seguridad de la Federación o de los Länder, así como determinadas actividades de espionaje o injerencia.
El BfV insiste públicamente en que trabaja antes que la policía, sin necesitar siempre que exista ya una infracción o un peligro concreto. Se presenta como un sistema de alerta temprana. Al mismo tiempo afirma que su tarea no es «espiar opiniones»: debe existir una empresa, objetivo o actividad dirigida contra los principios fundamentales protegidos. La distinción no elimina las controversias, porque calificar a un movimiento de «caso sospechoso» o extremista puede tener consecuencias políticas de primer orden, pero sitúa jurídicamente el debate en objetivos y comportamientos, no en la mera opinión.
La inteligencia exterior corresponde al Bundesnachrichtendienst, BND, mientras que el Militärischer Abschirmdienst, MAD, protege el ámbito militar y desarrolla funciones de contraespionaje. La división recuerda la separación francesa entre interior, exterior y defensa, aunque el BfV posee una identidad constitucional particularmente marcada: su razón de ser es proteger el orden democrático frente a quienes pretenden utilizar las libertades para eliminar esas mismas libertades.
El control parlamentario se articula alrededor del Parlamentarisches Kontrollgremium, PKGr. El Gobierno federal debe informar sobre las actividades generales de los servicios y sobre operaciones de especial importancia, y el panel puede exigir información adicional. El Bundestag cuenta además con una administración permanente especializada en control de los servicios. Esto evita que la supervisión dependa exclusivamente de diputados sin capacidad técnica propia y crea una memoria institucional del control.
Las restricciones al secreto de las comunicaciones se someten a otro mecanismo: la G 10 Commission. Esta comisión decide sobre la necesidad y admisibilidad de restricciones al artículo 10 de la Ley Fundamental. El interés del sistema es que la autorización y supervisión de medidas intrusivas no quedan absorbidas únicamente por el Ejecutivo. Como ocurre en Francia con la CNCTR, la existencia de un organismo especializado limita el riesgo de que una necesidad política inmediata sea el único criterio para justificar vigilancia.
Alemania demuestra que un Estado puede asumir públicamente la observación de determinados movimientos políticos o ideológicos sin afirmar que «ficha opiniones». Sin embargo, esa capacidad descansa en un criterio constitucional exigente, un contencioso abundante y un control permanente. Por ello, decir que «la inteligencia nunca debe mirar la política» sería irrealista: algunos proyectos políticos pueden buscar la destrucción violenta o autoritaria del orden constitucional. La cuestión democrática es qué pruebas, objetivos y criterios permiten distinguir ese caso de la oposición ordinaria.
Fuentes principales: Bundesamt für Verfassungsschutz; Deutscher Bundestag, Parliamentary Oversight Panel y G 10 Commission; Bundesnachrichtendienst.
Italia: coordinación fuerte, separación interior/exterior y control parlamentario especializado
Italia reorganizó profundamente su sistema mediante la ley n.º 124 de 2007. El Sistema di informazione per la sicurezza della Repubblica se articula en torno a tres piezas principales: el DIS, Dipartimento delle informazioni per la sicurezza, que coordina; la AISE, Agenzia informazioni e sicurezza esterna, competente en el exterior; y la AISI, Agenzia informazioni e sicurezza interna, competente en el territorio nacional. La división interior/exterior es por tanto explícita, mientras que el DIS trata de garantizar unidad de dirección, intercambio de información y evaluación estratégica.
El Presidente del Consejo de Ministros conserva la responsabilidad política general sobre la política de información para la seguridad. Puede delegar determinadas funciones en una autoridad de gobierno, pero el diseño busca que el centro político sea identificable. Este punto es importante en cualquier democracia: el secreto operativo no debe convertirse en una imposibilidad de saber quién responde políticamente por el sistema.
El control parlamentario corresponde al COPASIR, Comitato parlamentare per la sicurezza della Repubblica. Sus miembros tienen acceso a información protegida dentro de las condiciones previstas por la ley y pueden controlar que la actividad de los organismos se desarrolle respetando la Constitución, las leyes y los intereses nacionales. La organización italiana combina, por tanto, una coordinación ejecutiva fuerte con un órgano parlamentario especializado dotado de facultades específicas.
El sistema también prevé mecanismos de inspección dentro del DIS y reglas sobre clasificación, secretos y responsabilidades. Como en otros países, la existencia formal de controles no basta por sí sola para juzgar su eficacia; deben observarse los medios, el acceso real a la información y la capacidad de cuestionar una decisión. Pero la arquitectura italiana permite comparar claramente tres niveles: dirección política, coordinación profesional y supervisión parlamentaria.
En materia de actividad política, el problema es semejante al francés: un servicio interior debe poder detectar terrorismo, extremismo violento, espionaje o injerencia sin transformar el pluralismo político legal en objeto autónomo de vigilancia. La legitimidad depende de la finalidad, la necesidad de la información y el respeto del marco constitucional, no de una prohibición ficticia de mirar cualquier fenómeno que tenga una dimensión política.
Fuentes principales: Sistema di informazione per la sicurezza della Repubblica; ley n.º 124/2007; documentación institucional de DIS, AISE, AISI y COPASIR.
Reino Unido: MI5, MI6 y GCHQ bajo el «double lock» y controles múltiples
El Reino Unido distribuye funciones entre tres nombres conocidos. MI5, Security Service, se ocupa principalmente de seguridad interior y contraespionaje; SIS o MI6 desarrolla inteligencia exterior; GCHQ es el gran actor de señales, criptología y ciberseguridad. Esta especialización recuerda a la francesa, aunque la historia jurídica y las relaciones con policía, Gobierno y Parlamento son propias del modelo británico.
La Intelligence Services Act de 1994, la Security Service Act de 1989 y, más recientemente, la Investigatory Powers Act de 2016 forman parte del marco público esencial. Esta última ley intentó reunir y clarificar numerosos poderes de interceptación, adquisición de datos y técnicas investigativas, sometiéndolos a procedimientos formales de autorización y supervisión. El sistema distingue poderes, finalidades y categorías de datos en lugar de tratar la «vigilancia» como una capacidad única e indiferenciada.
Una de las características más comentadas es el «double lock». Para determinadas medidas intrusivas, una autorización ministerial debe recibir además la aprobación de un Judicial Commissioner. El Ejecutivo conserva por tanto una responsabilidad política, pero la medida no queda a su sola apreciación. El Investigatory Powers Commissioner’s Office, IPCO, inspecciona y supervisa el uso de poderes de investigación y publica informes sobre el funcionamiento del marco.
El ciudadano dispone también de una vía especializada, el Investigatory Powers Tribunal, IPT, que examina quejas relativas a la utilización ilegal de poderes de vigilancia por organismos públicos. A nivel parlamentario, el Intelligence and Security Committee, ISC, controla políticas, gasto, administración y aspectos operativos dentro del marco que le reconoce la ley. Como siempre en inteligencia, parte del trabajo es secreto, pero la existencia de varias instituciones reduce la idea de un control exclusivamente interno.
El modelo británico muestra que el secreto de las técnicas puede coexistir con reglas públicas sobre quién autoriza, quién revisa y quién recibe las reclamaciones. No garantiza la ausencia de controversia, pero permite formular el debate de manera concreta: proporcionalidad, necesidad, conservación, adquisición masiva de datos, relación entre seguridad y privacidad y efectividad del control judicial.
Fuentes principales: MI5, SIS/MI6 y GCHQ; Investigatory Powers Act 2016; IPCO; Investigatory Powers Tribunal; Intelligence and Security Committee.
Rusia: servicios poderosos, controles formales y cuestión de la efectividad práctica
Rusia combina varias estructuras. El SVR se ocupa de inteligencia exterior; el FSB desempeña un papel central en seguridad interior, contraespionaje, lucha contra terrorismo y otras áreas; la inteligencia militar depende de las Fuerzas Armadas. El marco jurídico público incluye la ley federal sobre inteligencia exterior y la ley sobre actividad operativa de búsqueda. Sobre el papel existen responsabilidades presidenciales, controles parlamentarios, intervención del ministerio público y autorizaciones judiciales para determinadas medidas.
La ley sobre inteligencia exterior prevé control por parte del Presidente y mecanismos de supervisión presupuestaria y parlamentaria. El ministerio público también tiene funciones de control de legalidad. Sin embargo, determinadas informaciones, como identidad de fuentes, organización, métodos o medios, están excluidas del perímetro ordinario del control fiscal. El secreto jurídico es por tanto muy amplio y obliga a distinguir entre control formal y transparencia efectiva.
Para operaciones realizadas en el territorio, la normativa de actividad operativa organiza técnicas clandestinas utilizadas por varios organismos. Algunas medidas que afectan al secreto de las comunicaciones o al domicilio requieren en derecho una decisión judicial. Pero la arquitectura técnica de interceptación SORM ha recibido fuertes críticas. En el caso Roman Zakharov c. Rusia, la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos estimó en 2015 que el marco examinado no ofrecía garantías suficientes contra la arbitrariedad ni un recurso efectivo en relación con el artículo 8 del Convenio.
La decisión debe situarse históricamente: analiza el sistema vigente en aquel momento y Rusia ya no pertenece al Consejo de Europa. Sigue siendo, sin embargo, un documento fundamental para comprender una diferencia esencial. Una autorización judicial puede existir jurídicamente y perder parte de su fuerza si el acceso técnico de los servicios es directo, si las personas prácticamente nunca pueden saber que fueron vigiladas y si la trazabilidad del control es débil.
La relación entre política e inteligencia se desarrolla además en un contexto de poder ejecutivo más centralizado y de pluralismo político más restringido que en Francia o Alemania. Sería metodológicamente falso trasladar sin más categorías francesas como oposición legal, neutralidad administrativa, autoridad independiente o control parlamentario pluralista. Para comparar seriamente hay que separar las garantías escritas de su independencia, transparencia y accesibilidad práctica.
Rusia ilustra finalmente la transformación digital de la vigilancia. El conocimiento sobre una persona ya no depende necesariamente de una «ficha» clásica: metadatos, comunicaciones, identificadores técnicos, geolocalización y relaciones digitales pueden producir una imagen mucho más rica. La transformación es universal; lo que cambia entre países es el alcance de los poderes y la solidez de los contrapesos.
Fuentes principales: SVR, ley federal sobre inteligencia exterior; FSB, ley sobre actividad operativa de búsqueda; TEDH, Roman Zakharov c. Rusia, 2015.
China: seguridad del Estado y movilización social mucho más integradas
China presenta una arquitectura diferente. La Ley Nacional de Inteligencia de 2017 describe un sistema «centralizado y unificado» bajo la dirección del órgano central de seguridad nacional, mientras que la Comisión Militar Central dirige la inteligencia militar. El texto menciona organismos de seguridad del Estado, organismos de inteligencia de seguridad pública y organismos militares. El Ministry of State Security, MSS, es el actor más conocido en seguridad del Estado, contraespionaje e inteligencia civil.
La diferencia con varias arquitecturas occidentales aparece de manera muy clara en el artículo 7 de la ley de 2017: toda organización y todo ciudadano deben, conforme a la ley, apoyar, ayudar y cooperar con el trabajo nacional de inteligencia y guardar el secreto sobre lo que conozcan. La ley prevé asimismo protección para quienes prestan esa cooperación. La obligación general es mucho más explícita y amplia que las obligaciones ordinarias que aparecen en Francia, Alemania o Reino Unido.
La misma ley afirma, no obstante, que el trabajo de inteligencia debe respetar la ley, los derechos humanos y los derechos e intereses legítimos de personas y organizaciones. Prevé mecanismos internos de supervisión y la posibilidad de denunciar abusos de poder o comportamientos ilegales. Sería incorrecto afirmar que el derecho chino no contiene ninguna fórmula de control. La diferencia esencial está en la organización del poder: dirección política centralizada y mecanismos públicos de control externo que no son comparables en autonomía institucional con una CNCTR, un juez FISA, el PKGr o el ISC.
La revisión de 2023 de la ley contra el espionaje amplió y modernizó el perímetro de actividades cubiertas. Ya no se refiere únicamente a secretos de Estado e inteligencia en sentido clásico; incluye determinados documentos, datos, materiales u objetos relacionados con seguridad e intereses nacionales, así como ataques e intrusiones informáticas contra órganos estatales, entidades que poseen secretos o infraestructuras críticas. Los organismos de seguridad del Estado disponen de amplias facultades de investigación y ciudadanos y organizaciones tienen obligaciones de apoyo y prevención.
Este marco alimenta en el extranjero la idea de que toda empresa o todo ciudadano chino sería automáticamente un «agente de inteligencia». Esa conclusión es demasiado simple. Una obligación legal de cooperación crea un riesgo institucional que los socios extranjeros deben tener en cuenta, pero no demuestra que cada persona o empresa actúe como relé operativo del MSS. La misma disciplina probatoria utilizada para el fichaje político en Francia debe aplicarse aquí: distinguir un marco jurídico potencialmente amplio de la prueba de que una persona concreta fue efectivamente movilizada.
Tampoco debe confundirse la inteligencia china con el denominado «crédito social». El crédito social no es una única megabase de inteligencia que atribuya una nota política general a todos los ciudadanos. Inteligencia, seguridad pública, administración de datos, censura, policía y mecanismos de reputación o cumplimiento pueden cruzarse, pero son conjuntos jurídicamente distintos. Fusionarlos en un único relato impide comprender precisamente la naturaleza real y la potencia del sistema.
Para un lector europeo, el contraste es especialmente instructivo. El modelo chino adopta una concepción amplia de seguridad nacional y una coordinación centralizada en la que la frontera entre Estado, partido, organismos públicos y movilización de la sociedad es menos impermeable. Los modelos francés, alemán, estadounidense y británico descansan en mayor medida sobre fragmentación de competencias, pluralidad de controladores y posibilidad de litigio ante órganos separados del Ejecutivo. No se trata sólo de técnicas diferentes, sino de filosofías políticas diferentes de la inteligencia.
Fuentes principales: Asamblea Popular Nacional de China, Ley Nacional de Inteligencia de 2017; Ley contra el Espionaje revisada en 2023; textos oficiales chinos relativos a los organismos de seguridad del Estado.
Lo que revela la comparación internacional
A pesar de tradiciones muy distintas aparecen seis constantes. Primero, todos los Estados separan en mayor o menor grado la inteligencia exterior, la seguridad interior y la inteligencia militar. Segundo, la información política nunca está totalmente fuera de la inteligencia, porque espionaje, injerencia, extremismo violento y amenazas contra las instituciones tienen inevitablemente una dimensión política. Tercero, ningún sistema de inteligencia serio puede actuar únicamente después de la comisión de una infracción: su función es preventiva. Cuarto, la era digital desplaza la discusión desde la ficha nominativa hacia grandes conjuntos de datos y capacidades de correlación. Quinto, el secreto existe en todas partes. Sexto, la diferencia democrática se juega principalmente en la definición de finalidades, la pluralidad e independencia de los controladores, la posición del juez y la posibilidad de un recurso efectivo.
El paralelo más útil con las antiguas fichas de los RG franceses quizá sea éste: todos los Estados conservan memoria. No tiene sentido imaginar una inteligencia sin archivos, bases o notas, porque sería incapaz de relacionar señales a lo largo del tiempo. La verdadera pregunta es quién puede introducir un nombre en esa memoria, con qué base, quién puede consultar la información, cuánto tiempo permanece, cómo se corrige un error y qué autoridad exterior al servicio puede comprobarlo. Las garantías, o sus debilidades, se encuentran en esos puntos concretos.
| País | Arquitectura dominante | Control público característico |
|---|---|---|
| Francia | DGSE / DGSI / DRM / DRSD / DNRED / TRACFIN + segundo círculo | CNCTR, CNIL, DPR, Consejo de Estado, controles presupuestarios y jurisdiccionales |
| Estados Unidos | Intelligence Community de 18 elementos; CIA exterior; FBI contraespionaje interior; NSA señales | FISC/FISCR para determinadas vigilancias, comités del Congreso, inspectores generales, tribunales |
| Alemania | BND exterior; BfV/LfV protección constitucional interior; MAD defensa | PKGr del Bundestag, G 10 Commission, jurisdicciones constitucionales y administrativas |
| Italia | DIS coordinación; AISE exterior; AISI interior | COPASIR, responsabilidad del Presidente del Consejo, inspección del DIS y control judicial |
| Reino Unido | MI6 exterior; MI5 interior; GCHQ señales y ciber | Double lock ministerial + Judicial Commissioner, IPCO, IPT, ISC |
| Rusia | SVR exterior; FSB seguridad interior y contraespionaje; inteligencia militar | Controles formales presidenciales, parlamentarios, judiciales y fiscales; transparencia y recursos más limitados |
| China | Dirección centralizada; MSS/seguridad del Estado, seguridad pública e inteligencia militar | Supervisión interna y vías de denuncia previstas por la ley; control externo público menos comparable con los modelos pluralistas occidentales |
La comparación obliga finalmente a desconfiar de las palabras. «Vigilancia política» puede designar el abuso de un servicio contra un opositor, pero también la observación legal de un movimiento violento o de una red manipulada por una potencia extranjera. «Fichaje» puede ser una base operativa, un archivo, una alerta, un conjunto masivo de datos o una simple mención contextual. Y un «control» puede existir en un texto sin ofrecer el mismo grado de independencia en todos los países. Cualquier comparación seria debe mirar las instituciones reales que existen detrás de las etiquetas.
Conclusión: una democracia debe saber lo que puede saber
El título une deliberadamente política e inteligencia porque la legitimidad de los servicios se juega en esa frontera: proteger las instituciones sin proteger a un Gobierno contra sus opositores, detectar una injerencia sin criminalizar la influencia democrática, documentar una amenaza sin transformar una opinión en falta.
La inteligencia francesa es más amplia y más jurídica que la imagen popular del «servicio secreto»: seis servicios especializados, un segundo círculo, coordinación, miles de agentes, miles de millones de euros, técnicas autorizadas, decenas de tratamientos, investigaciones administrativas, ficheros de soberanía, control parlamentario, autoridades independientes y un juez habilitado.
Hay que rechazar los atajos. «Ficha S» no significa «terrorista». FSPRT no significa «condenado». Una nota de inteligencia no es automáticamente prueba penal. Una investigación administrativa no es una sanción. Estar mencionado no significa ser objetivo de vigilancia. CRISTINA no es una base cuyos criterios completos conozca el público. PASP y GIPASP son herramientas preventivas ligadas a finalidades legales. HOPSYWEB no es un fichero de terroristas. NATALI no es un fichero secreto de inteligencia aunque una parte de sus datos pueda interesar a seguridad del Estado.
El secreto no anula el derecho a saber; desplaza su frontera. No necesitamos conocer la identidad de un agente operativo, una fuente humana, un método técnico no público o la estructura detallada de un fichero de soberanía. Sí podemos exigir conocer las finalidades autorizadas, cifras públicas de vigilancia, órganos de control, ficheros existentes, vías de recurso y coste de la política pública.
Ese es el objetivo de este artículo: responder ni con «no pregunte, es secreto» ni con «todo está permitido en la sombra», sino con un marco público verificable. Una democracia madura no exige transparencia operativa de sus servicios; exige secreto donde es necesario y control allí donde actúan.
Fuentes públicas principales
Se han privilegiado las referencias que figuran a continuación porque son fuentes institucionales o jurídicas, o proceden de autoridades de control. Permiten al lector continuar la verificación sin depender de interpretaciones periodísticas. Esta versión incorpora además un bloque histórico sobre los antiguos Renseignements généraux, el derecho de acceso indirecto, las notas blancas y el debate sobre los ficheros políticos. Cuando el decreto que regula un fichero no es público, esa ausencia de publicación constituye en sí misma un hecho jurídico: este dossier no intenta eludirla y se limita estrictamente a lo que permiten establecer los textos públicos.
1. Código de Seguridad Interior francés (artículo L. 811-3: finalidades de la inteligencia) fuente
2. Código de Seguridad Interior francés (artículo R. 811-1: seis servicios especializados de inteligencia) fuente
3. Código de Seguridad Interior francés (artículo R. 841-2: 25 tratamientos o partes de tratamientos relativos a la seguridad del Estado) fuente
4. Código de Seguridad Interior francés (EASP, artículo R. 236-1) fuente
5. Código de Seguridad Interior francés (PASP, artículo R. 236-11) fuente
6. Código de Seguridad Interior francés (GIPASP, artículo R. 236-21) fuente
7. Decreto ACCReD de 3 de agosto de 2017 fuente
8. Decreto HOPSYWEB de 23 de mayo de 2018 sobre atención psiquiátrica sin consentimiento fuente
9. Decreto NATALI de 3 de febrero de 2023 fuente
10. Decreto de 8 de abril de 2024 sobre el tratamiento para optimizar datos e informaciones de interés nuclear fuente
11. DGSI (Nuestras misiones) fuente
12. DGSI (Contraespionaje y protección de los intereses de Francia) fuente
13. DGSI (Protección del patrimonio económico y científico) fuente
14. DGSE (Nuestras misiones) fuente
15. DGSE (¿Quiénes somos?) fuente
16. DRSD (Obtener inteligencia para proteger: contraintromisión de defensa) fuente
17. DRM (Folleto de presentación 2025) fuente
18. Aduanas francesas (Informe anual 2024, presentación de la DNRED) fuente
19. TRACFIN (Presentación y misiones) fuente
20. CNCTR (Informe de actividad 2025, publicado el 25 de junio de 2026) fuente
21. Delegación Parlamentaria de Inteligencia (Informe público 2025, tomo I) fuente
22. Asamblea Nacional francesa (Presentación de la Delegación Parlamentaria de Inteligencia) fuente
23. CNIL (Solicitar la verificación de un fichero policial o de inteligencia) fuente
24. Conseil d’État (Formación especializada: control de ficheros relativos a la seguridad del Estado) fuente
25. Conseil d’État (Control de las técnicas de inteligencia) fuente
26. Conseil d’État (Decisión n.º 502995 de 10 de abril de 2026: EASP, PASP, GESTEREXT) fuente
27. Conseil d’État (Decisión n.º 511283 de 5 de junio de 2026: FPR, PASP, EASP) fuente
28. Decreto n.º 91-1051 de 14 de octubre de 1991 sobre los ficheros de los antiguos Renseignements généraux fuente
29. CNIL (Deliberación n.º 91-083 de 24 de septiembre de 1991 sobre los ficheros de los Renseignements généraux) fuente
30. CNIL (Informe de actividad 1990: derecho de acceso indirecto y ficheros de los RG) fuente
31. CNIL (Informe de actividad 1991: derecho de acceso y comunicación de expedientes de los RG) fuente
32. CNIL (Informe de actividad 2000: ficheros de los Renseignements généraux y acceso indirecto) fuente
33. Asamblea Nacional francesa (Comisión de investigación sobre el DPS del Front national, informe n.º 1622, 1999) fuente
34. Asamblea Nacional francesa (Audiencia de Jean-Pierre Pochon, director de los RG en la Prefectura de Policía de París, 2 de marzo de 1999) fuente
35. Asamblea Nacional francesa (Informe de información n.º 1548 sobre ficheros policiales, 2009) fuente
36. Conseil d’État (Decisiones de 24 de diciembre de 2021 relativas a los ficheros PASP y GIPASP) fuente / fuente
37. CNIL (Publicación de los decretos relativos a los ficheros PASP, GIPASP y EASP) fuente
38. Policía Nacional francesa (Dirección Nacional de Inteligencia Territorial, DNRT) fuente
39. Asamblea Nacional francesa (Informe de información que describe el uso de ‘notas blancas’ en medidas administrativas de vigilancia) fuente
40. Conseil d’État (Decisión n.º 491089 de 4 de noviembre de 2024 sobre la insuficiente precisión de una ‘nota blanca’ y el papel del juez) fuente
41. Tribunal Administrativo de Apelación de París (Decisión de 2 de abril de 2026, n.º 25PA00635: ‘nota blanca’ insuficientemente precisa) fuente
42. Código General de la Función Pública francés (Libertad de opinión, artículos L. 111-1 a L. 111-5) abrir
43. Código General de la Función Pública francés (Obligaciones generales, artículos L. 121-1 a L. 121-11) abrir
44. Service-Public.fr (Deberes de reserva, discreción, neutralidad y secreto profesional) abrir
45. Le Monde (5 de junio de 2026: primera descripción pública de los ‘Phrygiens’ y efectivos anunciados entonces) abrir
46. CNCTR (Informe de actividad 2025: control de las técnicas de inteligencia y problemática del ‘entrismo’) abrir
47. Decreto n.º 2026-124 de 24 de febrero de 2026 por el que se crea ACCReD MINDEF abrir
48. Decreto n.º 2026-125 de 24 de febrero de 2026 que modifica el artículo R. 841-2 del Código de Seguridad Interior francés abrir
49. Estados Unidos (Senate Select Committee on Intelligence: componentes de la Comunidad de Inteligencia) abrir
50. Estados Unidos (Foreign Intelligence Surveillance Court: función y procedimientos) abrir
51. Estados Unidos (Senate Select Committee on Intelligence: misión de supervisión) abrir
52. Estados Unidos (FBI Vault: COINTELPRO y reconocimiento histórico de vulneraciones de la Primera Enmienda) abrir
53. Estados Unidos (FBI: Domestic Investigations and Operations Guide, versión 2024 publicada en el Vault) abrir
54. Alemania (BfV: preguntas frecuentes sobre la protección de la Constitución y la función de alerta temprana) abrir
55. Alemania (Bundestag: órganos de control de la inteligencia, PKGr y Comisión G 10) abrir
56. Italia (Sistema di informazione per la sicurezza della Repubblica: arquitectura oficial) abrir
57. Italia (Ley n.º 124/2007 y misiones del DIS, AISE y AISI) abrir
58. Reino Unido (MI5: marco jurídico, poderes y supervisión) abrir
59. Reino Unido (SIS/MI6: misiones y marco legal) abrir
60. Reino Unido (GCHQ: marco jurídico) abrir
61. Reino Unido (Intelligence and Security Committee of Parliament: supervisión y recursos) abrir
62. Rusia (SVR: ley federal sobre inteligencia exterior) abrir
63. Rusia (FSB: ley federal sobre actividad operativa de investigación) abrir
64. Rusia (Tribunal Europeo de Derechos Humanos: Roman Zakharov c. Rusia, 2015) abrir
65. China (Asamblea Popular Nacional: Ley Nacional de Inteligencia, 2017) abrir
66. China (Asamblea Popular Nacional: Ley de Contraespionaje revisada, 2023) abrir
FIN DU DOSSIER

