Para comprender este caso y proponer cambios, hay que examinar primero el marco jurídico actual que condujo a tal condena.

El marco jurídico francés actual

El artículo 122-5 del Código Penal, relativo a la legítima defensa, solo permite justificar la violencia si resulta estrictamente necesaria frente a una agresión injustificada.

El artículo 122-6, relativo a la defensa de los bienes, establece condiciones muy restrictivas, incluida la existencia de un acto de destrucción, degradación o robo en curso.

Los artículos 222-7 y siguientes tratan de las violencias voluntarias, incluidas las cometidas con arma.

El problema jurídico

En el caso comentado, el tribunal probablemente consideró que los ladrones ya estaban huyendo, que la agresión había terminado, que la respuesta ya no era estrictamente necesaria y que disparar varias veces contra individuos en fuga era desproporcionado.

La dificultad es que este razonamiento puramente jurídico no siempre tiene en cuenta la situación psicológica real de la víctima: miedo, choque, adrenalina, confusión, incertidumbre sobre si los agresores volverán e imposibilidad de calcular serenamente el segundo exacto en que el peligro terminó.

Reformas legislativas necesarias

1. Modificar el artículo 122-5 del Código Penal

La redacción actual debería modernizarse para incluir la noción de acto defensivo razonablemente necesario. Una posible reformulación sería:

“No es penalmente responsable quien, frente a una agresión injustificada contra sí mismo o contra otra persona, realiza un acto defensivo razonablemente necesario para detener esa agresión o impedir su repetición inmediata.”

La defensa debería presumirse razonablemente necesaria cuando la víctima se enfrenta a una intrusión violenta en un domicilio, un lugar de trabajo o un vehículo; a una agresión armada o aparentemente armada; o a un ataque cometido por varios agresores.

Esta presunción solo podría destruirse mediante la prueba de que el defensor abusó manifiestamente del derecho de defensa continuando la acción cuando el peligro había cesado total y definitivamente. La apreciación de la proporcionalidad debería tener en cuenta el estado emocional legítimo de una víctima sometida a estrés intenso y la urgencia de la situación.

2. Crear una nueva presunción para comerciantes y profesionales

Una nueva disposición podría proteger a quienes ejercen una actividad comercial, profesional o artesanal cuando se enfrentan a un robo armado, una intrusión violenta o una agresión en su lugar de trabajo. La ley debería reconocer que un comerciante atacado no es una unidad táctica entrenada. Actúa en segundos, bajo el miedo, con información imperfecta.

3. Reequilibrar el procedimiento penal

La carga de la prueba no debería colocar a la víctima en la posición de tener que demostrar un comportamiento perfecto en una situación imperfecta. La ley debería exigir a los jueces que valoren los hechos desde el punto de vista de la persona agredida en el momento del peligro, no desde la comodidad de la retrospectiva.

El principio que hay que defender

Una sociedad civilizada no debe fomentar la venganza privada. Pero tampoco debe instalar un sistema en el que los agresores crean terror mientras las víctimas son juzgadas como si hubieran disfrutado de la calma y el tiempo de un seminario jurídico.

La ley debe proteger la vida, prevenir los abusos y preservar la proporcionalidad. Pero también debe reconocer una verdad simple: cuando el Estado está ausente en el momento de la agresión, el ciudadano que se defiende no debería convertirse automáticamente en sospechoso.